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11/04/2019 - ¡Atención Susanistas!


  • En este enlace, podéis leer el recurso de súplica ante el archivo que ha hecho el TSJA de su querella contra Susana Díaz, así como otros documentos que sostienen la postura de Jesús ante todo esto.
  • Las interpretaciones de la ley pueden variar, pero NUNCA se deben introducir elementos nuevos.
  • El hecho de no querer darle a Candel los informes donde Susana Díaz solicitó los servicios jurídicos puede significar dos cosas: O bien aquí están pringados más de uno (Susana Díaz, su consejero de presidencia o su consejera de salud...), o bien es que está pringados los propios servicios jurídicos.
  • En el auto, el TSJA explica que, según el Decreto, la solicitud de servicios jurídicos podría darse tanto si el sujeto es el denunciante o el denunciado, pasando por encima de la Ley (que SIEMPRE estará por encima de un Decreto), y obviando el propio punto 92.1 que también lo deja bien clarito.
  • Ante esto, y el recurso de súplica presentado por Candel, el TSJA tiene dos opciones:
    • Terminar aceptando a trámite la querella, condenando a Susana por prevaricación y malversación y anulando el juicio que hay contra Candel por injurias (ya que los "insultos" estarían plenamente justificados).
    • O bien, insistir en lo mismo, abriendo la puerta a una denuncia por prevaricación por una interpretación tendenciosa de la Ley.

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